«Actualización Legal»

El principio de Secreto Profesional del Abogado en Honduras

Al igual que la gran mayoría de los colegios profesionales en Honduras que cuentan con su propio código de ética, el Colegio de Abogados tiene el suyo, el cual a su vez está respaldado por la Ley Orgánica del Colegio de Abogados de Honduras, promulgada en la República desde 1930.Es decir, el Tribunal de Honor del Colegio cuenta con las herramientas necesarias para abordar estos temas.

Además, la normativa secundaria ratifica aún más este principio, desde el momento mismo en que protege al abogado de revelar a terceros lo tratado en el contexto contractual de arrendamiento de servicios profesionales previsto en el Código Civil, hasta que cesa formalmente dicha relación profesional conforme a la ley. Pero todo esto no podría tener un alcance supremo si no fuera porque la misma Constitución de la República hace valer expresamente el principio de confidencialidad de las comunicaciones.

En consecuencia, todo el entramado jurídico hondureño converge en la protección estricta de la relación abogado-cliente como un pilar indispensable para el ejercicio profesional. De esta forma, se garantiza no solo la confianza en la función del abogado, sino también la vigencia plena de los derechos fundamentales que sostienen el Estado de derecho.

Por: Gustavo Argüello

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