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¿Estás considerando incorporar y establecer una sociedad, para hacer negocios en Nicaragua? Esta información te interesa. Te guiamos y te asistimos con el proceso desde cero.

¿SABIAS QUE?  Las sociedades están sujetas a distintas regulaciones, y según su giro de negocios, algunos sectores más regulados que otro. A manera de referencia te menciono algunos: Telecomunicaciones, Zonas Francas, Minería, Turismo, Bancos. No obstante, todas las sociedades tienen requisitos en común y básicos que cumplir. Quieres saber acerca de estos, sigue leyendo, aquí te lo contamos.

Que debo tener en cuenta de previo para HACER NEGOCIOS

Toda sociedad debe cumplir con obligaciones básicas comunes a todas tales como:

  1. No existen en Nicaragua las sociedades unipersonales. Toda sociedad se constituye con dos o más socios. 
  2. Designar un representante legal domiciliado legalmente en el país, un nacional o extranjero. Si es extranjero debe contar con cédula de residencia extendida por Migración y Extranjería como residente.  
  3. Los directores pueden ser personas jurídicas o personas naturales, todos deben tener la condición de socios. Pueden ser Extranjeros o Nacionales. No requieren ser residentes.  
  4. El capital social de una sociedad no requiere estar depositado en una cuenta bancaria al momento de constituir la sociedad. Tampoco hay un capital mínimo legalmente establecido.
  5. Una vez inscrita en el registro mercantil la sociedad se debe inscribir ante el mismo registro como comerciante, sus libros contables y corporativos; inscripción del poder general de su representante legal y completar el registro de beneficiario final.
  6. En el orden aquí mencionado, proceder luego a su trámite de número RUC (Registro Único del Contribuyente) como contribuyente registrado y sus documentos tributarios ante la Administración de Rentas según el domicilio de la sociedad.  Para ello se te va a requerir copia de pasaportes o cédula de identidad de sus socios y directores, y su representante legal, adicional a otros requisitos aplicables. No requieren estar apostillados en caso de ser estos extranjeros.  
  7. Cumplido lo anterior debes inscribir y gestionar su matrícula municipal, en el municipio que corresponda según su domicilio de negocios. 
  8. La afiliación de la sociedad ante el Seguro Social lo harás a partir de que la sociedad contrate un primer colaborador. 
  9. Si tu sociedad tiene un giro de negocios de aquellos altamente regulados, es probable que requiera contar con licencias específicas del regulador (Telecomunicaciones, sector salud, zona franca, bancos, minería, etc). 
  10. No olvides consultar con tu contador o personal de apoyo sobre las obligaciones que se originan a partir de que tu sociedad obtenga su RUC y matrícula municipal. Evita omisiones e inconvenientes por demoras u omisiones. 

Espero esta guía te oriente y te proporcione una idea de los aspectos básicos y generales que aplican en el medio de “Hacer Negocios” con tu sociedad que estas considerando hacer. No dudes en contactarnos, tenemos mucho más que contarte.

Ofrecemos asesoría planificada, preventiva y oportuna acorde a tu giro de negocios.