Esta sección no pretende ser un manual completo de las obligaciones y cumplimiento de leyes, normas, reglamentos, circulares, y en general una serie de regulaciones que deben cumplir las empresas que operan en Nicaragua para estar en orden con la legislación y la normativa del país. Es una referencia a manera de guía, que no puede sustituir la asesoría legal del abogado, a ser revisada caso por caso en atención a su giro de negocios y sector comercial.
La hemos organizado por áreas: obligaciones societarias, tributarias, laborales, de seguridad social y algunas específicas para sectores regulados: Zonas Francas y Call Centers; salud.
Norma o Fuente
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Objeto
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Actividad a presentar
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Época de presentación (Periodicidad)
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Ley # 698 "Ley General de Los Registros Públicos"
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Actualización del Registro del Beneficiario Final y de los cambios en la composición accionaria de la sociedad
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EXTRAORDINARIA: Cuando se produzca cualquier cambio que modifique o reforme el pacto constitutivo, que afecte la información básica y la determinación e identificación del B.F.
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En un plazo no mayor de 30 días de ocurrido el cambio para las sociedades nacionales y de 60 días para las sociedades extranjeras
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Ley # 698 "Ley General de Los Registros Públicos"
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Actualización del Registro del Beneficiario Final y de los cambios en la composición accionaria de la sociedad
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ORDINARIA: La sociedad debe presentar anualmente el reporte de actualización del Beneficiario Final, haya existido o no haya existido cambios en el B.F. o en la información básica de la sociedad
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Al cumplimiento del año del Registro. Su validez es año calendario según lo regula la normativa aplicable. Su renovación es anual
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Escritura de Constitución de Sociedad Anónima y Estatutos / Código de Comercio.
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Reuniones de Junta General de Accionista
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Actas de Reunión Ordinaria de Junta General de Accionistas para aprobación del informe anual y Estados Financieros
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Ordinaria: Dentro de los primeros 3 meses posteriores al cierre del año fiscal. O en la fecha o periodo previsto en el pacto social y estatutos
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Ley # 698 "Ley General de Los Registros Públicos"
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Inscripción de los Órganos de Administración (Junta General de Accionistas y Junta Directiva). Cuando hay cambios o de previo a vencer le elección de la junta directiva
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Presentar solicitud de inscripción de Escritura de Protocolización de Acta donde se elige el Órgano de Administración (Junta General de Accionistas o Junta Directiva)
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Al momento de Protocolizar la Certificación de Acta donde se realizó cambio de porcentaje accionario de los socios, cambio de socios y/o se eligió Junta Directiva de la sociedad
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Escritura de Constitución de Sociedad Anónima y Estatutos / Código de Comercio.
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Elección de Junta Directiva
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Elaborar Acta de Elección/Renovación de Junta Directiva
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Al vencimiento del Período o antes si hay cambios de socios que afecten la junta vigente
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Ley # 698 "Ley General de Los Registros Públicos"
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Inscripción de Escritura de constitución de Sociedad Anónima y Estatutos
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Presentar Escritura de Constitución de Sociedad Anónima y sus Estatutos en el Registro Público que corresponda
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Ley # 698 "Ley General de Los Registros Públicos"
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Inscripción como Comerciante e inscripción de libros de los comerciantes
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Presentar solicitud de inscripción como comerciante y libros de comerciantes para su debida razón y sello en el Registro Público de Managua
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Se puede presentar junto con la escritura de constitución de sociedad o como acto seguido de su inscripción
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Ley # 698 "Ley General de Los Registros Públicos"
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Inscripción de Reformas y/o Modificaciones al Pacto Social y/o Estatutos
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Presentar solicitud de inscripción de Reformas y/o Modificaciones al Pacto Social y/o Estatuto
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Al momento de obtener la certificación de la sentencia autorizando la modificación y/o reforma. Toda reforma debe inscribirse. Solo tres actos requieren aprobación judicial, los demás son acuerdos entre accionistas que se protocolizan y se presentan al registro
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Norma o Fuente
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Objeto
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Actividad a presentar
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Época de presentación (Periodicidad)
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Ley # 562 "Código Tributario"
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Inscripción en el Registro Único del Contribuyente
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Solicitar inscripción en el Registro Único del Contribuyente (RUC) de la ciudad donde se realizarán operaciones comerciales
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Dentro de los 30 días posteriores a la inscripción de la Escritura de Constitución de Sociedad Anónima y sus Estatutos
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Arto. 50 Plan de Arbitrios ALMA - Del Procedimiento Administrativo
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Pago y renovación de Matrícula por Registro Contable. -Anual
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Declarar y pagar el 2 % de los Ingresos por ventas o servicios calculados en base al promedio del último trimestre del año. Este pago se realiza directamente en las oficinas de recaudación de la Alcaldía Municipal que corresponda
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Se efectúa esta declaración como fecha tope 31 de enero del año siguiente. La primera matricula se hace en base al 1% sobre el capital social establecido en la escritura de constitución social
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Arto. 50 Plan de Arbitrios ALMA - Del Procedimiento Administrativo
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Declaración y Pago del Impuesto Municipal Sobre Ingresos (IMI). -Mensual
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Elaborar reporte de ventas (Contado o Crédito), se realiza pago del 1% sobre los ingresos más el pago por impuesto de basura
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Se efectúa durante los primeros 15 días hábiles de cada mes siguiente
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Arto 134 Comisión y presentación tardía de declaraciones
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Declaración y Pago de Retención en la Fuente. -Mensua
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Incorporación del detalle de las retenciones efectuadas durante el mes terminado anterior en la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET). Inmediatamente se realiza el pago a través de banca electrónica o directamente en las sucursales bancarias
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Mensual: Primeros 5 días hábiles del mes siguiente
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Arto 134 Ctr Comisión y presentación tardía de declaraciones
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Declaración y Pago Mensual de Impuestos (IVA y Anticipo IR). - Mensual
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Incorporación de los siguientes reportes en la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET):
1- Se debe elaborar Reporte de Ventas ya sea (Contado y a Crédito) del mes terminado anterior. Realizar reporte de facturas por compras o servicios prestados por los acreedores/proveedores. 2- Se Declara y se Paga el 1% de Ingresos por ventas o servicios (Contado o Crédito). Inmediatamente se realiza el pago a través de banca electrónica o directamente en las sucursales bancarias |
Mensual: Primeros 5 días hábiles del mes siguiente
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Arto 56 LCT Formas de pago, anticipos y retenciones del IR
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Declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta IR -Anual
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Incorporación de los siguientes reportes en la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET):
1- Detalle de cuentas de Balance de cierre del año. 2- Detalle de cuentas de Resultado de cierre de año. Inmediatamente se realiza el pago a través de banca electrónica o directamente en las sucursales bancarias |
La fecha límite de declaración anual es el 28 de febrero de cada año. Cierre del ejercicio fiscal anual
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Arto 126 Tipos de infracción administrativa
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Actualización de Libros Contables -Mensual
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Se registra la información financiera de la empresa, operaciones que se realizan durante un periodo determinado -cada cierre de mes Cuando la contabilidad se lleva en sistema electrónico, este debe ser autorizado por la DGI
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Se debe realizar esta actividad mensualmente
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Arto 43 Ctr Términos
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Resguardo de documentación e información contable
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Resguardo de documentación e información contable El resguardo de la información física o electrónica soporte de la actividad contable y fiscal de la empresa es obligatoria para efectos de auditorías. De conformidad con el Arto 43 CTr. La DGI en su auditoría puede requerir documentación contable de 6 años atrás
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Se debe mantener actualizada la información contable de forma continua -diaria
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Ley de Concertación Tributaria
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Declaración de rentas del trabajo
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Presentación Planilla de retención por rentas de trabajo
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Los primeros 5 días calendario de cada mes
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Ley de Concertación Tributaria
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Pago del Impuesto de Rodamiento para vehículos
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Se debe de realizar un pago anual por cada vehículo automotor, bajo el concepto de "Impuesto de Rodamiento"
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En enero de cada año
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Plan de Arbitrios Municipal
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Se debe de renovar anualmente el aval ambiental otorgado por la Alcaldía de Managua, el único requisito es el pago de la tasa básica
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La renovación del aval ambiental es requisito previo para la renovación de la matrícula municipal
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Contabilidad
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Norma o Fuente
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Objeto
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Actividad a presentar
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Época de presentación (Periodicidad)
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Arts. 19, 20 y 23 del Código del Trabajo
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Contrato Individual de Trabajo por escrito con cada persona colaboradora
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Contrato de Trabajo
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Al momento del inicio de la relación laboral
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Arts. 50 y 51 del Código del Trabajo
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Jornada de Trabajo de las personas colaboradoras
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Verificar que las jornadas de trabajo diurna sean de 8 horas diarias y 48 horas a la semana, la jornada mixta de 7½ horas diarias y 45 horas a la semana, jornada nocturna de 7 horas diarias y 42 horas a la semana
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Durante la relación laboral
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Arts. 57 y 62 del Código del Trabajo
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Trabajo durante feriados nacionales se considera horas extras
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Verificar que las personas colaboradoras que laboran durante los días feriados nacionales se les está pagando el día como hora extra.
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Durante la relación laboral
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Art. 86 del Código del Trabajo; Contrato de Trabajo
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Pago de Salario
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Constatar que el salario es pagado en la forma y tiempo convenido en el contrato de trabajo.
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Durante la relación laboral
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Art. 76 del Código del Trabajo
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Vacaciones. Las personas colaboradoras tienen derecho a 15 días de vacaciones por cada 6 meses de trabajo
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Elaborar y cumplir con Calendario de Vacaciones
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Durante la relación laboral
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Arts. 93, 94 y 95 del Código del Trabajo
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Décimo Tercer Mes. Debe pagarse dentro de los primeros diez días del mes de diciembre del año en curso
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Constatar que se esté pagando dentro del periodo legal
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Durante la relación laboral
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Art. 95 del Código del Trabajo (por analogía) y jurisprudencia laboral
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Pago de liquidación. Una vez finalizada la relación laboral, debe pagarse a la persona colaboradora su liquidación en un plazo de 10 días
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Constatar que se paga la liquidación dentro del periodo legal
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Al Finalizar la relación laboral
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Art. 98 del Código del Trabajo; Art. 36 de la Ley 763 Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad
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Contratación de personas con discapacidad. Empresas con 50 o más trabajadores, incluyan al menos el 2% de personas con discapacidad en sus respectivas nóminas
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Constatar que se tiene contratado personal con discapacidad de acuerdo con el porcentaje que corresponde
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Durante la relación laboral
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Art. 2 del Decreto 975 Reglamento de la Ley de Seguridad Social
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Inscripción del empleador al Instituto de Seguridad Social (INSS)
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Hoja de inscripción
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Una sola vez al constituir la empresa
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Art. 2 del Decreto 975 Reglamento de la Ley de Seguridad Social
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Inscripción de la persona colaboradora al Instituto de Seguridad Social (INSS)
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Hoja de inscripción
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Tres días siguientes a la fecha del inicio de la relación laboral
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Arts. 17 y 18 del Decreto 975 Reglamento de la Ley de Seguridad Socia
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Reporte de ingresos generales de las personas colaboradoras
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Formato de Planilla proporcionado por el INSS
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Primeros 3 días hábiles de cada mes
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Inciso 4 del Art. 6 del Decreto 25 -2005 Reformas y Adiciones al Decreto No. 975 Reglamento de la Ley de Seguridad Social
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Pago del INSS Patronal y Laboral
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Factura de pago
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Entre el 15 al 17 de cada mes
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Decreto 975 Reglamento de la ley de Seguridad Social
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Reporte al INSS de las altas y bajas de personal
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Llenado de formato en línea diseñado por el INSS
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3 días posteriores a la contratación o baja del personal.
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Arts. 24 y 25 del Decreto 40-94 Ley Orgánica del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC)
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Pago de aporte - INATEC (1% de planilla)
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Factura de pago
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Entre el 15 al 17 de cada mes
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Art. 18 Numeral 6 de la Ley 618 Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo; Art. 16 del Decreto No. 96-2007 Reglamento de la Ley 618 Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo
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Solicitar y obtener ante el Ministerio del Trabajo la Licencia de Higiene y Seguridad del Trabajo
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La Licencia de Higiene y Seguridad del Trabajo
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Al momento del inicio de las operaciones
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Art. 18 Numeral 7, 40, 44 y 50 de la Ley 618 Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo; Resolución Ministerial Reformada sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo (C.M.H.S.T.) en las Empresas, Publicada en La Gaceta No. 29 del 9 de febrero del 2007
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Constituir una Comisión Mixta de Higiene y Seguridad del Trabajo (CMHST)
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Acta de constitución de la CMHST, Libro de Actas, Resolución de aprobación, Plan de Trabajo anual y Reglamento interno de funcionamiento
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En un plazo no mayor de 30 días a partir del inicio de las operaciones. Una vez constituida, el empleador tendrá un máximo de diez días para proceder a inscribir ante el MITRAB
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Art. 18 Numeral 8, 61, 71 y 72 de la Ley 618 Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo; Resolución Ministerial Relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y Seguridad del Trabajo de las Empresas, Publicada en La Gaceta No. 175 del 17 de septiembre de 2001
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Elaborar el Reglamento Técnico Organizativo (RTO) en materia de higiene y seguridad del trabajo
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El Reglamento Técnico Organizativo (RTO) aprobado por MITRAB
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En un plazo no mayor de 3 meses a partir del inicio de las operaciones
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Art. 18 Numeral 4, 25 y 26 de la Ley 618 Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo
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Exámenes médicos preempleo y periódicos
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Resultados de los exámenes
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Examen preempleo: previo a la contratación; Examen periódico: una vez al año
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Arts. 28 y 29 de la Ley 618 Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo Arto. S ----- Ley de Seguridad Social
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Accidentes Laborales. El empleador debe reportar los accidentes al Ministerio del Trabajo. En caso de no registrarse accidentes, el empleador deberá, comunicarlo por escrito al Ministerio del Trabajo.
También deben reportarse en la hoja establecida para ello, hoja NAT, los accidentes y riesgos laborales al Seguros Social |
Formato oficial de reporte de accidentes laborales
Al seguro social debe reportarse en el formato oficial establecido – hoja NAT en un término no mayor a 24 horas de ocurrido el accidente laboral |
Accidentes leves en un plazo máximo de cinco días hábiles; Accidentes mortales, graves y muy graves en el plazo máximo de veinticuatro horas hábiles más él término de la distancia, al Ministerio del Trabajo. En caso de no registrarse accidentes, mensualmente durante los primeros cinco días del mes siguiente
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Norma o Fuente
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Objeto
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Actividad a presentar
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Época de presentación (Periodicidad)
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LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA LEY 761, Capitulo II
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Reporte de Migración
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Llevar registro de planillas y listados de los trabajadores extranjeros contratados
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Permanente
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LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA LEY 761, Capitulo II
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Reporte de Migración
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Mostrar las planillas y listados de trabajadores, cuando sea requerido por la Dirección General de Migración y Extranjería
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A requerimiento de Migración
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LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA LEY 761, Capitulo II
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Reporte de Migración
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Enviar semestralmente a la Dirección General de Migración y Extranjería, informe donde se exprese nombre y apellidos, nacionalidad, cargo, ingreso, término de vigencia del contrato y dirección de los extranjeros que se encuentren laborando para los mismos
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Cada 6 meses
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Norma o Fuente
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Objeto
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Actividad a presentar
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Época de presentación (Periodicidad)
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CT/002/2017 REGLAS GENERALES APLICABLES AL REGIMEN DE ZONA FRANCA
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Reportar a la Dirección General de Aduanas las compras locales de activos fijos
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Por medio de una agencia aduanera se efectúan las declaraciones a DGA
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Mensual
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Artículo 24, inc. 3 Reglamento Ley de Zona francas
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Obligación de reporte estadístico de operaciones
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Las empresas usuarias de zona franca deben de completar un reporte estadístico mensual mediante un formulario sobre los indicadores principales de la operación: valor de exportaciones, empleo, producción, importaciones
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Mensual
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Decreto 12-2016
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Aval de la Comisión Nacional de Zona Franca
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Las empresas usuarias de zona franca deben de renovar el aval de la CNZF los primeros días de enero de cada año, como comprobante que están al día con sus obligaciones y que sus derechos están vigentes
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Anual
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Artículo 24, inc. 9 Reglamento Ley de Zona francas
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Pago de montos por uso de régimen
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En el caso de empresas de servicio, los montos son por posiciones: De 250 a 1000 estaciones = US$ 5.00 por estación; Más de 1,000 estaciones = US$ 2.50 por estación
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Mensual
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Reglamento de Ley 917
Ley de zonas francas Artículo 23 inciso:2.1.6 Ley 2000 Ley General de Telecomunicaciones |
Registro como Call Center ante el Instituto de Telecomunicaciones (TELCOR)
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Las empresas usuarias de zona franca están exentas de cualquier obligación de registro o pago ante TELCOR
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Ley 2000 Ley General de Telecomunicaciones Artos. 13 y 19
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Registro como Call Center ante el Instituto de Telecomunicaciones (TELCOR)
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Una única vez
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Norma o Fuente
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Objeto
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Actividad a presentar
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Época de presentación (Periodicidad)
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Art. 55 y 65 de Ley 423 Ley General de Salud; Acuerdo Ministerial 583-2011 "Normativa 080 -Manual de Habilitación de Establecimientos Proveedores de Servicios de Salud
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Licencia de Funcionamiento de Instituciones Proveedores de Servicios de Salud
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Gestionar habilitación de MINSA previo al inicio de operaciones
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Previo al inicio de operaciones
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Art 65 de la Ley 292 Ley de Medicamentos y Farmacias; Manual de Requisitos de Licencia Sanitaria de Dispositivos Médicos - Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS)
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Licencia sanitaria de establecimiento
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Todo establecimiento que importe, comercialice o distribuya productos farmacéuticos deberá contar con una licencia sanitaria emitida por MINSA, la que será válida por dos años
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Renovar cada dos años
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Art 7 y 12 de la Ley 292 Ley de Medicamentos y Farmacias; Acuerdo Ministerial No. 144-2011 Normativa 064 Norma para el Registro de Dispositivos Médicos
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Registro Sanitario para Dispositivos Médicos
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Todo producto farmacéutico o dispositivo médico no puede ser comercializado sin tener su registro sanitario ante el MINSA. El registro sanitario tendrá una duración de 5 años
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Renovar cada 5 años
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Art 59 de Ley 292 Ley de Medicamentos y Farmacia; Acuerdo Ministerial 583-2011 "Normativa 080 - Manual de Habilitación de Establecimientos Proveedores de Servicios de Salud
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La farmacia, la óptica o cualquier establecimiento debe estar bajo la responsabilidad de un regente farmacéutico, optometrista u oftalmólogo debidamente registrado en el Ministerio de Salud
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Es responsabilidad de la óptica contratar los regentes y asegurarse que esté debe estar debidamente registrado ante el Ministerio de Salud
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Permanente
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